octubre 08, 2021

El 5 de octubre de 2021, se llevó a cabo la primera sesión ordinaria de la Comisión Nacional de Personal, dando lugar a la instalación de la nueva Comisión y la elección del señor Cristian Oswaldo Oviedo Mogollón como Presidente de este órgano colegiado, quienes en adelante como órgano de dirección y gestión del empleo público y de la gerencia pública, desempeñaran las siguientes funciones:

 

  1. Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y de Evaluación del Desempeño Laboral se realicen conforme a lo establecido en las normas, procedimientos legales, reglamentarios y los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la Comisión de Personal deberá elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera.
  2. Resolver las reclamaciones que le sean atribuidas en materia de procesos de selección, evaluación del desempeño laboral y encargos.
  3. Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil, la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera penitenciaria, considerado como un sistema específico de Carrera Administrativa.
  4. Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a ser vinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos.
  5. Conocer en primera instancia, las reclamaciones que presenten los empleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos.
  6. Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa.
  7. Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en esta ley.
  8. Participar en la elaboración del Plan Anual de Formación y Capacitación, en el de Estímulos y en su seguimiento.
  9. Proponer en el INPEC la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional.
  10. Enviar trimestralmente a la Comisión Nacional del Servicio Civil un informe detallado de sus actuaciones y del cumplimiento de sus funciones. Además, deberá informar a ésta de todas las incidencias que se produzcan en los procesos de selección, evaluación del desempeño y de los encargos.
  11. Proponer la inclusión de acciones para su mejoramiento en el Plan Anual de Formación y Capacitación del INPEC, con base en los resultados de la evaluación de desempeño y la medición del clima organizacional.
  12. Declararse impedidos cuando se presenten las causales previstas en los artículos 40, 41 y 42 del Decreto – Ley 760 de 2005.
  13. Las demás funciones que le sean atribuidas por la ley o el reglamento.

La Comisión Nacional de personal se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando se requiera, puedes dar a conocer tus inquietudes al correo electrónico:  comisiondepersonalnacional@inpec.gov.co

Última fecha de actualización: jueves, 26 de octubre de 2023

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