Funciones Dirección de Atención y Tratamiento
Según el Decreto 4151 de 2011, Articulo 18 son funciones de la Dirección de Atención y Tratamiento:
- Establecer, de acuerdo con las políticas institucionales y la normatividad vigente, los planes para el desarrollo de los proyectos y programas de atención básica de la población sindicada privada de la libertad y el tratamiento penitenciario de la población condenada privada de la libertad.
- Diseñar y vigilar los programas de salud pública dirigida a la población privada de la libertad,
- Proponer las políticas para diseñar, elaborar, registrar, evaluar y retroalimentar los proyectos y programas de atención básica de la población sindicada privada de la libertad y el tratamiento penitenciario de la población condenada privada de la libertad.
- Definir las modalidades de vinculación, la ejecución y desarrollo de las actividades que ejerzan y los resultados e impacto de las entidades que apoyan el tratamiento de la población privada de la libertad.
- Diseñar y realizar seguimiento a los programas de atención a familiares de la persona privada de la libertad, sus hijos menores de tres (3) años, atención a población en condiciones excepcionales, atención psicológica y social y asistencia espiritual y religiosa.
- Diseñar y realizar seguimiento a los programas de capacitación y formación laboral de la población privada de la libertad.
- Coordinar con el Ministerio de Educación Nacional y secretarías de educación, y demás entidades y autoridades competentes, la implementación de programas de educación formal, educación para el trabajo, educación informal, educación superior, programas de lectura y bibliotecas, programas culturales, recreativos y deporte para la población privada de la libertad.
- Realizar la evaluación, el control, el seguimiento y la retroalimentación de los proyectos de atención básica de la población sindicada privada de la libertad y el de la población condenada privada de la libertad, en coordinación con las Direcciones Regionales.
- Formular, diseñar, divulgar y hacer seguimiento a la implementación de los programas de prevención y promoción de salud para la población privada de la libertad.
- Supervisar la prestación de los servicios de salud a la población privada de la libertad.
- Preparar la relación de necesidades de la dependencia en coordinación con la Dirección de Gestión Corporativa, para la implementación y ejecución de proyectos y programas de atención básica de la población sindicada privada de la libertad y el tratamiento penitenciario de la población condenada privada de la libertad, y controlar su aplicación.
- Diseñar y realizar diagnósticos de las condiciones de los establecimientos de reclusión y de la población privada de la libertad. para la definición de proyectos y programas de atención básica de la población sindicada privada de la libertad y tratamiento penitenciario de la población condenada privada de la libertad que permita la integración social positiva.
- Elaborar los estudios y diagnósticos que permitan conocer la situación sanitaria. para establecer y desarrollar los programas que propicien el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, salubridad y ocupación de la población privada de la libertad.
- Participar en el diseño y desarrollo de estudios e investigaciones relacionados con programas. planes y proyectos de atención en salud, atención integral. educación y capacitación y formación laboral de la población privada de la libertad.
- Estructurar proyectos para la formación y desarrollo de competencias para la productividad y la generación de ingresos de la población condenada privada de la libertad.
- Alimentar los sistemas de Información necesarios para el funcionamiento de la Entidad. de conformidad con los lineamientos establecidos por la Oficina de Sistemas de Información.
- Formular y ejecutar acciones de mejora a los planes de la dependencia.
- Apoyar la implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión Institucional y sus componentes.
- Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia
- Las demás funciones que le sean asignadas por ley o reglamento y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.